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Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (CPNNA)


 

Profesora Mirna Brito

Dirección:

 

Está ubicado en la Av., Libertador, detrás del Terminal Inter-Urbano de Pasajeros de Maturín, Mercado de Buhoneros II.

 

Correo:

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Horarios de Atención:

Lunes a Viernes 8:00 am a 12:00 pm / 2:00pm a 4:00 pm

Teléfono:

0414-7670647

RIF:

G-20003671-0

 

Concepto

Es un organismo administrativo que, en cada Municipio y por mandato de la sociedad, se encargan de asegurar la protección en caso de amenaza o violación de los Derechos y Garantías de uno o varios niños, niñas o adolescentes, individualmente considerados.

El Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes es permanente y tendrá autonomía en el ejercicio de las atribuciones previstas en la Ley y demás normas del ordenamiento jurídico.

Misión

Actuar ante la amenaza o violación de derechos y garantías individualmente considerados, mediante actos administrativos los cuales comprenden; Decisiones y Medidas de Protección, la expedición de autorizaciones, solicitudes, denuncias y en general, cualquier otra situación en la restitución y garantía de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.

Vision

Fortalecer los Derechos, Deberes y Garantías de los Niños, Niñas y Adolescentes, consagrados en la L.O.P.N.N.A, en la búsqueda de superar la exclusión e imponer la justicia y la equidad como principios fundamentales de nuestra sociedad.

 

Objetivo

El Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Maturín del Estado Monagas, tiene como objetivo garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que el estado, la sociedad y la familia deben brindarles desde el momento de su concepción.

Departamentos a su Cargo:

  • Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (CPNNA)

Funciones

 

1. Instar a la conciliación entre las partes involucradas en un procedimiento administrativo, siempre que se trate de situaciones de carácter disponible y de materias de su competencia, en caso de que la conciliación no sea posible, aplicar la Medida de Protección correspondiente.

2.Dictar las Medidas de Protección, excepto las de adopción y colocación familiar o en entidad de atención, que son exclusivas del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

3.Ejecutar sus medidas de protección y decisiones administrativas, pudiendo para ello requerir servicios públicos o el uso de la fuerza pública, o la inclusión del niño, niña o adolescente y su familia en uno o varios programas.

4. Llevar un registro de control y referencia de los niños, niñas yy adolescentes o su familia a quienes se les haya aplicado medidas de protección.

5.Hacer seguimiento del cumplimiento de las medidas de protección y decisiones.

6. Interponer las acciones dirigidas a establecer las acciones por desacato de sus medidas de protección y decisiones, ante el Órgano Judicial competente.

7. Denunciar ante el Ministerio Público cuando conozca o reciba denuncias de situaciones que configuren infracciones de carácter administrativo, disciplinario, penal o civil contra niños, niñas y adolescentes.

8. Expedir las autorizaciones para viajar de niños, niñas y adolescentes dentro y fuera del territorio nacional, cuando dicho traslado se realice sin compañía de su padre y madre, representantes o responsables, excepto cuando halla desacuerdo entre estos últimos, en cuyo caso decidirá el Juez o Jueza.

9.Autorizar a los y las adolescentes para trabajar y llevar el registro de adolescente trabajadores y trabajadoras, enviando esta información al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo.

10.Solicitar ante el registro del estado civil o la autoridad de identificación competente, la extensión o expedición de partidas de nacimiento, defunción o documentos de identidad de niños, niñas y adolescentes, que así lo requieran.

11.Solicitar la declaratoria de privación de la patria potestad.

12.Solicitar la fijación de Obligación de Manutención y el Régimen de Convivencia Familiar.


 

Servicios que Presta

 

Prof. José Maicavares
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